martes, 4 de agosto de 2009

NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD DEL SECTOR PÚBLICO (NICSP).

- NICSP 1 Presentación de estados financieros establece las consideraciones generales para la presentación de estados financieros, la guía para la estructura de dichos estados y los requisitos mínimos para su contenido en el marco del sistema de contabilidad con base en devengado.

- NICSP 2 Estados de Flujo de Efectivo requiere el suministro de información sobre los cambios en efectivo y sus equivalentes durante el periodo derivado de actividades operativas, de inversión y financiamiento.

- NICSP 3 Superávit Neto o Déficit por el periodo, errores fundamentales y cambios en las políticas contables. Especifica el tratamiento contable para los cambios en estimaciones de contabilidad, cambios en las políticas contables y la corrección de errores fundamentales, define partidas extraordinarias y requiere la revelación separada de ciertos rubros en los estados financieros.

- NICSP 4 Los efectos de variaciones en el tipo de cambio de monedas extranjeras. Trata de la contabilidad para transacciones en moneda extranjera y operaciones en el exterior.
- NICSP 5 Costo de financiamiento. Prescribe el tratamiento contable de los costos de financiamiento y requiere ya sea la inmediata deducción de los costos de financiamiento o bien, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los costos de financiamiento que son atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de un activo idóneo.
- NICSP 6 Estados Financieros consolidados y registro de entidades controladas. Requiere que todas las entidades controladoras preparen estados financieros consolidados en el que todas las entidades controladas se consoliden rubro por rubro.
- NICSP 7 Registro de inversiones en empresas asociadas. Requiere que todas las inversiones de empresas asociadas sean mostradas en estados financieros consolidados empleando el método de participación, excepto cuando la inversión se adquiere y mantiene exclusivamente con vistas a su enajenación en un futuro cercano, en cuyo caso se requiere el método de costos.
- NICSP 8 Información Financiera de Intereses en Negocios Conjuntos. Requiere adoptar la consolidación proporcional como tratamiento preferencial contable para los negocios conjuntos en los que participan entidades del sector publico. - NICSP 9 Ingresos por Transacciones de intercambio. Establece las condiciones para el reconocimiento de los ingresos provenientes de transacciones de intercambio, requiere que tales ingresos se midan al valor razonable de la prestación cobrada o por cobrar, e incluye requisitos de revelación.
- NICSP 10 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias. Describe las características de una economía hiperinflacionaria y requiere la reevaluación de EEFF de las entidades que operan en dichas economías.
- NICSP 11 Contratos de construcción. Define los contratos de construcción, establece requisitos para el reconocimiento de ingresos y gastos que surgen de tales contratos e identifica ciertos requisitos de revelación.
- NICSP 12 Inventarios. Define los inventarios, establece los requisitos para la valuación de inventarios (incluyendo aquellos inventarios mantenidos para distribución sin cargo o precio nominal) en el marco del sistema de costo histórico e incluye requisitos de revelación.
- NICSP 13 Arrendamientos. Establece los requisitos para el tratamiento contable de transacciones de arrendamientos operativas o financieras por los arrendatarios o arrendadores.
-NICSP 14 Hechos Posteriores a la Fecha de Presentación de los EEFF. Establece los requisitos para el tratamiento de ciertos hechos que acaecen en fecha posterior a la presentación de los EEFF y distingue entre hechos ajustables y no ajustables.
-NICSP 15 Instrumentos financieros: Revelación y Presentación. Establece requisitos para la presentación de los instrumentos financieros incluidos en el balance (reconocidos) y excluidos del balance (no reconocidos).
-NICSP 16 Propiedades de Inversión. Establece el tratamiento contable, y las revelaciones relacionadas, para las propiedades de inversión. Estipula la aplicación del valor razonable o bien del modelo de costo histórico.
-NICSP 17 Propiedad Planta y Equipo. Establece el tratamiento contable de las propiedades planta y equipo incluyendo la base y fecha de su reconocimiento inicial y la determinación de sus sucesivos valores de registro y la depreciación relacionada no requiere ni prohíbe el reconocimiento de activos que representan el patrimonio nacional.
- NICSP 18 Información por Segmentos. Establece los requisitos para la revelación de la información en EEFF acerca de actividades distinguibles de las entidades informadoras.

- NICSP 19 Provisiones obligaciones contingentes y activos contingentes. Establece los requisitos para el reconocimiento de provisiones y la revelación de obligaciones contingentes y activos contingentes.
- NICSP 20 Revelaciones de partes relacionadas. Establece los requisitos para la revelación de transacciones con partes relacionadas con la entidad informadora incluidos Ministros, Equipo directivo y sus familiares cercanos. Emitida 2002 fuente IAS 24
- NICSP 21 Deterioro de activos no generadores de efectivo. Establece requisitos para determinar si un activo se encuentra deteriorado, y para el reconocimiento y revocación de las perdidas por deterioro, así como para las declaraciones que deberán formularse con respecto a los activos deteriorados.

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